Energía solar en Colombia

Cluster 4 — Trámite y legalización

Cómo legalizar tus paneles solares ante EBSA en Boyacá

Este es el paso que separa un sistema que funciona de uno que está caro y quieto. Sin la declaración RETIE, sin el dictamen de ONAC cuando aplica y sin el acta de conexión con EBSA, los paneles están instalados pero no producen un solo kilovatio facturado. Te dejamos el trámite completo, los tiempos reales y los costos, para que sepas exactamente en qué te estás metiendo.

Qué es la legalización y por qué decide el valor del proyecto

Legalizar es el proceso por el cual EBSA reconoce tu sistema como una fuente de generación conectada a su red. Hasta que ese reconocimiento existe, tu sistema es una instalación eléctrica particular: produce, pero la energía no le llega a nadie y no aparece en la factura.

Lo que se legaliza

La instalación eléctrica del sistema: string de módulos, inversor, protecciones, puesta a tierra, señalización, estructura de montaje y medidor. No se legaliza el equipo que compras, sino la obra que se ejecuta.

Quién lo hace

La declaración RETIE la firma un profesional con matrícula TE-1 vigente. El dictamen de ONAC lo emite un organismo acreditado. La conexión la concede EBSA. Son tres responsables distintos y ninguno reemplaza al otro.

Por qué lo incluimos en la cotización

Porque cuando el instalador no incluye el trámite, el cliente descubre el costo en la etapa de instalación, cuando ya no puede negociar. En nuestra cotización el trámite está dentro, con valores cerrados.

El trámite en 5 pasos

Del diseño firmado al acta de conexión. Estos son los pasos reales, con lo que cada uno revisa y dónde se suelen atascar los proyectos.

  1. 01

    Declaración de cumplimiento RETIE

    La emite un profesional con matrícula TE-1 vigente, sobre el diseño y la instalación terminados. En Boyacá el diseño incluye el cálculo sismorresistente de la estructura de montaje, y ese cálculo forma parte de la memoria que se firma.

  2. 02

    Dictamen de inspección

    Instalaciones residenciales, comerciales y oficiales que superen 10 kVA requieren dictamen de un organismo de inspección acreditado por ONAC. Para sistemas por debajo de ese umbral, el instalador entrega la declaración de instalación eléctrica.

  3. 03

    Solicitud de conexión ante EBSA

    Radicación del proyecto con el diseño, la declaración RETIE, el dictamen y la documentación del inmueble. En esta etapa EBSA revisa la capacidad del circuito, que es donde aparecen los requerimientos de transformador.

  4. 04

    Inspección y pruebas

    El operador verifica la instalación en sitio: señalización, protecciones, puesta a tierra, funcionamiento del inversor y medidor. Puede haber ajustes menores, y por eso conviene que el instalador esté presente.

  5. 05

    Medidor bidireccional y acta de conexión

    Se instala o se reconfigura el medidor bidireccional y se firma el acta de conexión. A partir de ese momento el sistema inyecta a la red y empieza a producir en la factura.

Tiempos reales por tipo de proyecto

Estos son los plazos que encontramos en gestión con EBSA, no los que aparecen en la propaganda de los instaladores. El montaje es la parte rápida; el trámite es la lenta.

Tipo de proyecto Montaje Trámite con EBSA Total Qué define el plazo
Residencial hasta 10 kVA 1 día 30 – 45 días 5 a 7 semanas Sin dictamen ONAC. Es el caso más simple y el que menos se cotiza por separado.
Residencial de 10 a 30 kVA 1 a 2 días 45 – 60 días 7 a 9 semanas Dictamen de organismo acreditado por ONAC obligatorio.
Comercio y agro hasta 60 kWp 2 a 5 días 45 – 75 días 8 a 11 semanas El tiempo se alarga si la cubierta está en ladera y hay que pedir permiso de ocupación de vía.
Industrial de 60 a 200 kWp 5 a 10 días 60 – 90 días 10 a 15 semanas Capacidad de conexión y medidor bidireccional desde el diseño. Es el perfil que más se desvía del plazo estimado.
Granja solar o venta de excedentes 10 a 25 días 90 – 150 días 4 a 6 meses La CREG 174 de 2021 exige estudio de capacidad de conexión previo. Sin ese estudio, el proyecto no se cotiza con fecha.

Qué cuesta el trámite

Estos son los rubros del trámite, con su rango típico en 2026. Los cotizamos dentro del precio del sistema, no como un extra que aparece después.

Concepto Costo típico Qué incluye
Declaración de cumplimiento RETIE $800K – $2,5M COP Elaboración y firma por profesional con matrícula TE-1 vigente, según potencia.
Dictamen de inspección (ONAC) $1,2M – $2,5M COP Inspección, pruebas e informe de conformidad, obligatorio por encima de 10 kVA.
Gestión ante EBSA $2M – $5M COP Radicación, seguimiento, respuesta a requerimientos y coordinación de la inspección.
Medidor bidireccional $800K – $2,5M COP Suministro e instalación. Requisito para vender excedentes bajo la CREG 174 de 2021.
Requerimiento de transformador $8M – $25M COP Solo cuando la capacidad del circuito no alcanza la potencia del sistema. Se evita consultando el circuito antes de diseñar.
Adecuaciones y señalización $600K – $2M COP Señalización, protección de la conexión, canalización y puesta a tierra adicional.
Memoria de cálculo sismorresistente $600K – $1,5M COP Cálculo de la estructura de montaje con criterio NRS-10. En Boyacá no es un extra: es parte del diseño.

Documentos que debes tener

Reúne esto antes de radicar. Un trámite devuelto por documentos faltantes reinicia el reloj, y en Boyacá eso son semanas.

Factura de energía de los últimos 12 meses

EBSA la exige para verificar el perfil de carga y el histórico del inmueble.

Cédula de ciudadanía del representante legal

Para persona jurídica, certificado de existencia y representación legal con vigencia menor a 30 días.

Documento de propiedad o contrato de arriendo

En arriendo se requiere además autorización del propietario para usar la cubierta.

Diseño eléctrico y memorias de cálculo

Elaboradas por ingeniero con matrícula, firmadas, con el tipo de cubierta, las protecciones y el cálculo sismorresistente especificados.

Declaración RETIE y dictamen ONAC

Documentos que emitimos nosotros si el contrato incluye el trámite completo.

RUT y cámara de comercio

Para el trámite de interconexión y el registro del proyecto.

Un solo operador

EBSA es el mismo operador en los diez municipios

Esa es la diferencia real entre Boyacá y un departamento con dos operadores en su territorio: aquí hay un solo trámite, un solo criterio y un solo interlocutor. EBSA tiene oficina en Tunja, Duitama, Sogamoso, Paipa, Puerto Boyacá, Chiquinquirá, Moniquirá, Guateque, Garagoa, Boavita, Villa de Leyva, Samacá y Miraflores, y desde 1955 es el operador de Boyacá.

Y hay un detalle que juega a favor de los proyectos solares: la propia EBSA ya tiene autoconsumo solar en su sede administrativa y en sus oficinas de Duitama y Sogamoso, e investiga proyectos de fuentes renovables. Es el operador que conoce el modelo desde adentro, y eso se nota en cómo se procesa una radicación.

Lo que hace EBSA distinto

  • Programa PERPE de acompañamiento a la legalización de usuarios en Occidente, Ricaurte y Puerto Boyacá.
  • Solicitud de servicio provisional de energía para contratistas que montan equipos antes de conectar.
  • Inversión en transmisión para las provincias Tundama, Centro, Ricaurte y Vélez, con 80 km de línea y 225 torres en 34 veredas.
  • Sector industrial de Puerto Boyacá priorizado en su plan de inversión eléctrica.
  • Cobertura rural de 93,9 % y urbana de 100 %: la red existe, el reto es la capacidad, no la cobertura.

Y el que hay que tener presente: EBSA priorizó la inversión eléctrica en Tundama, Centro, Ricaurte y Vélez, y es justamente donde está la mayor parte de la actividad industrial de Boyacá. La red se está preparando para la demanda.

Normativa vigente que aplica al trámite

Estas son las normas que mandan en 2026 y que revisamos en cada proyecto. Cambian con frecuencia, por eso el diseño se hace con la versión vigente y no con un formato de hace dos años.

RETIE 40117:2024

Es la versión vigente del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas y define los requisitos de diseño, montaje y protección. Exige personal certificado en montaje, y en Boyacá ese requisito pesa más porque la estructura se calcula para zona sísmica.

NRS-10 (norma sismorresistente)

Define el cálculo de estructuras de soporte en zonas de amenaza sísmica intermedia o alta, que es el caso de buena parte de Boyacá. No es opcional: una estructura que no cumple ese criterio no pasa la revisión de un ingeniero de la zona.

Resolución CREG 174 de 2021

Regula el uso de la energía excedente en sistemas de autoconsumo con inyección a la red. Define la metodología para el balance de energía y las condiciones de facturación de los excedentes, que aplica a sistemas por encima de 100 kWp.

Medidor bidireccional

Desde el RETIE 2014 es obligatorio en toda instalación de autoconsumo. Sin él, el sistema funciona solo como autoconsumo: toda la producción que sobra se desperdicia y el proyecto pierde la mitad de su valor de diseño.

Dictamen ONAC por encima de 10 kVA

Las instalaciones residenciales, comerciales y oficiales que superen 10 kVA requieren dictamen de inspección de un organismo acreditado por ONAC. Es el requisito que más se omite en cotizaciones que dicen incluir todo el trámite.

Registro de la instalación en el Registro AGPE

La petición de equipos de generación eléctrica se registra ante la Unidad de Planeación Energética del Ministerio de Minas y Energía. Es un paso administrativo que no lo hace el instalador por defecto.

Preguntas frecuentes del trámite

¿Cuánto tarda legalizar un sistema solar ante EBSA en Boyacá?

El trámite completo, entre radicación y acta de conexión, se mueve entre 30 y 90 días calendario según el tamaño del sistema. Para una vivienda hasta 10 kVA son de 5 a 7 semanas contando el montaje. Para un proyecto industrial de 60 a 200 kWp, de 10 a 15 semanas. En granjas solares con excedentes, de 4 a 6 meses. El montaje en sitio es de 1 a 25 días según la potencia.

¿Puedo instalar los paneles antes de tener el aval de EBSA?

Sí, y es lo normal: la instalación física no requiere el aval previo. Lo que no puede hacerse es conectar el sistema a la red ni ponerlo en operación antes del acta de conexión. Instalar sin legalizar deja un sistema que produce cero kilovatios facturados, que es la forma más común de perder plata en este trámite.

¿Por qué me piden un transformador adicional?

Porque la capacidad del circuito disponible en el punto de conexión no alcanza la potencia del sistema. EBSA lo define con un estudio de capacidad de conexión. En Boyacá esto ocurre con frecuencia en las naves de Paipa y Sogamoso y en los proyectos mineros de Puerto Boyacá. Se puede evitar: consultamos la capacidad del circuito antes de cerrar el diseño, y el requerimiento cuesta entre $8M y $25M COP.

¿Qué documentos necesito para el trámite?

Factura de energía de los últimos 12 meses, documento de identidad del representante legal, certificado de existencia y representación legal si es persona jurídica, RUT y cámara de comercio, documento de propiedad o contrato de arriendo, y las memorias de cálculo firmadas por ingeniero con matrícula, incluyendo el cálculo sismorresistente de la estructura. El resto lo emitimos y lo radicamos nosotros si el contrato incluye el trámite completo.

¿EBSA es el mismo operador en todos los municipios de Boyacá?

Sí, EBSA es el operador en los diez municipios de nuestra cobertura, con sus oficinas en Tunja, Duitama, Sogamoso, Paipa, Puerto Boyacá, Chiquinquirá, Moniquirá, Guateque, Garagoa, Boavita, Villa de Leyva, Samacá y Miraflores. Que sea un solo operador facilita el trámite y hace que el equipo que lo presenta conozca el proceso. EBSA además tiene un programa de legalización (PERPE) con acompañamiento a usuarios en las zonas de Occidente, Ricaurte y Puerto Boyacá.

¿Puedo pedir solo la gestión del trámite si ya tengo el sistema instalado?

Sí. Si el sistema ya está montado pero sin legalizar, hacemos la segunda opinión técnica, revisamos que el diseño y el montaje cumplan la norma vigente y completamos el trámite. Si encontramos que la instalación no cumple, lo decimos antes de radicar: es preferible corregir antes de que el operador lo rechace.

¿El medidor bidireccional lo paga el usuario?

Depende del caso y del tipo de conexión: en algunos casos EBSA lo asume y en otros se cobra al usuario, con un rango de $800K a $2,5M COP. Se coordina en la etapa de solicitud. Lo que no es opcional es que el sistema tenga esa capacidad desde el diseño, porque cambiar un medidor convencional por uno bidireccional después de instalar obliga a rehacer parte de la instalación eléctrica.

¿EVALGROUP tiene oficina en Boyacá para el trámite?

No. Gestionamos el trámite completo ante EBSA desde Caquetá y Bogotá, con radicar y seguimiento centralizados y la visita técnica programada por ruta de municipio. Eso no agrega costo al cliente porque el trámite va incluido en la cotización, pero significa que el tiempo de respuesta documental es de días, no de horas. Si tu proyecto tiene fecha de conexión estricta, dínoslo y lo priorizamos.