Energía solar en Colombia

Cluster 2.4 — Regulación y legalización

Regulación de granjas solares en Colombia: CREG, UPME y Ley 1715.

Las granjas solares a escala comparten el marco de la Ley 1715 que vimos en el pilar 1, pero con particularidades regulatorias por escala: conexión al STN/STR, procedimiento ordinario, licencia ambiental si supera 1 MW, y registro como agente del mercado para venta pura. Esta guía te explica la ruta completa.

Marco regulatorio vigente en 2026

Una granja solar en Colombia se regula por cinco entidades principales, además de las alcaldías y corporaciones regionales:

CREG

Comisión de Regulación de Energía y Gas. Regula conexión, excedentes (CREG 174) y procedimiento simplificado (CREG 030).

UPME

Unidad de Planeación Minero Energética. Certifica el proyecto como FNCE para acceder a los incentivos de la Ley 1715.

Ministerio de Minas y Energía

Define la política energética nacional, planes de expansión, subastas de energía.

ANLA / CAR

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales o Corporaciones Autónomas Regionales. Otorgan la licencia ambiental para granjas > 1 MWp.

Operador de red (OR)

XM, Codensa/Enel, EPM, EDEQ, Air-e, ESSA, Afinia, etc. Aprueba la conexión, instala medidor, firma puesta en servicio.

ASIC

Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales. Liquida las transacciones del mercado mayorista de energía.

CREG 174 de 2021: excedentes y créditos energéticos

La Resolución CREG 174 de 2021 es la normativa clave para entender qué pasa con la energía que tu granja no usa en momento dado. Establece que los excedentes se convierten en créditos energéticos en kWh que se pueden:

  1. 1
    Cruzar contra el consumo nocturno o de menor producción. El medidor bidireccional descuenta automáticamente los kWh excedentes de los kWh consumidos en horas sin sol.
  2. 2
    Vender a comercializadores vía contratos bilaterales. Para granjas con excedentes regulares, es posible pactar contratos de venta de energía con comercializadores autorizados.
  3. 3
    Vender en el mercado mayorista. Solo si la granja supera cierto tamaño (típicamente 5 MW) y se registra como agente generador ante el ASIC.

Importante: los créditos energéticos tienen una vigencia y no se canjean por dinero en la mayoría de los casos. Para una granja bien dimensionada con autoconsumo del 70-90%, los excedentes son pocos y la compensación termina siendo marginal.

CREG 030: conexión simplificada vs ordinaria

La CREG 030 de 2018 establece dos procedimientos de conexión según el tamaño del proyecto:

Procedimiento simplificado

Para autogeneradores a pequeña escala (hasta 100 kW, con ampliaciones recientes). Formato simplificado, plazos de respuesta más cortos, menores requisitos de estudio.

Aplica a: microgranjas, sistemas comerciales pequeños, proyectos residenciales con baterías.

Procedimiento ordinario

Para autogeneradores con potencia superior a 100 kW. Requiere estudios de impacto a la red, capacidad del transformador, refuerzos necesarios, aprobación del CNO y la UPME.

Aplica a: minigranjas, granjas a escala, plantas utility-scale. Plazos de 6 a 12 meses.

UPME y certificación FNCE

La UPME certifica el proyecto como Fuente No Convencional de Energía (FNCE) para acceder a los 4 incentivos de la Ley 1715 (detalle en el cluster del pilar 1): deducción de renta del 50%, exclusión de IVA, exención de aranceles y depreciación acelerada.

El proceso de certificación se hace en línea en el portal de la UPME y tiene un plazo máximo legal de 45 días calendario. Requiere:

  • Diseño técnico preliminar firmado por ingeniero matriculado
  • Información de capacidad, ubicación y tecnología
  • Estimación de inversión y cronograma
  • RUT, cédula o certificado de existencia según aplique

Licencia ambiental y permisos

Para granjas solares > 1 MWp generalmente se requiere licencia ambiental ante la ANLA (si el proyecto cruza jurisdicciones) o la CAR local. El proceso incluye:

  1. 1
    Estudio de Impacto Ambiental (EIA). Diagnóstico ambiental, evaluación de impactos, plan de manejo. Tiempo: 3-6 meses.
  2. 2
    Consulta previa con comunidades. Si el proyecto afecta comunidades étnicas, requiere consulta previa según el Convenio 169 de la OIT.
  3. 3
    Permisos de uso de suelo. Certificación del POT municipal, concepto de la CAR sobre compatibilidad ambiental.
  4. 4
    Permisos de construcción. Licencia de construcción de la alcaldía o curaduría urbana.

EVALGROUP acompaña todo el proceso de licenciamiento ambiental y permisos para que tu proyecto no se retrase por temas regulatorios.

Ruta legal paso a paso

Desde la primera conversación hasta la operación comercial, esta es la ruta real (no la teórica) para una granja solar de 1-5 MWp en Colombia. El ciclo completo toma 12-24 meses.

  1. Fase 1 · 1-2 meses

    Prefactibilidad y conexión

    Análisis técnico-económico, consulta al operador sobre capacidad del STR/STN, evaluación de requerimientos de conexión profunda si supera 1 MW.

  2. Fase 2 · 2-3 meses

    Diseño de ingeniería y permisos

    Diseño de detalle, memoria de cálculo, RETIE, licenciamiento ambiental (si aplica), permisos de construcción y servidumbres.

  3. Fase 3 · 1-2 meses

    Certificación UPME

    Radicación del proyecto ante la UPME para certificación como FNCE. Requisito para acceder a deducción de renta, exclusión de IVA, exención de aranceles y depreciación acelerada.

  4. Fase 4 · 1-3 meses

    Financiación y contratos

    Cierre financiero (capital propio, crédito verde, fondeo institucional o PPA), contratos de conexión con el operador, contratos bilaterales si hay venta de energía.

  5. Fase 5 · 4-9 meses

    Construcción y montaje

    Obra civil, montaje electromecánico, conexión al STN/STR, pruebas, commissioning.

  6. Fase 6 · 1-2 meses

    Puesta en servicio y operación

    Operación comercial, registro AGPE ante CREG (si aplica), inicio de venta de energía, monitoreo de producción.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Resolución CREG 174 de 2021?

Es la normativa que regula el tratamiento de los excedentes de autogeneradores en Colombia. Establece que los excedentes se convierten en créditos energéticos en kWh que se cruzan contra el consumo nocturno o contra meses de menor producción. Para granjas solares, también habilita contratos bilaterales con comercializadores para venta de excedentes a mayor escala.

¿Una granja solar necesita licencia ambiental?

Depende de la escala. Proyectos > 1 MWp generalmente requieren licencia ambiental ante la ANLA o la Corporación Autónoma Regional (CAR) correspondiente. Proyectos menores requieren solo permisos de la alcaldía y el operador de red. EVALGROUP acompaña la ruta de licenciamiento.

¿Qué es el procedimiento simplificado de la CREG 030?

La CREG 030 de 2018 define un procedimiento simplificado para autogeneradores a pequeña escala (hasta 100 kW, ahora ampliado en algunas resoluciones). Para granjas > 1 MW, se requiere un procedimiento ordinario con estudios de impacto a la red,capacidad del transformador, refuerzos necesarios, y aprobación del CNO o la UPME según el caso.

¿Qué pasa si la subestación más cercana está saturada?

El operador puede aprobar la conexión con condiciones: (1) obras de refuerzo financiadas por el autogenerador, (2) limitación de la potencia instalada, (3) participación en un plan de expansión. Si la saturación es severa, se puede requerir una nueva subestación, lo que puede sumar $1.000M-$3.000M COP al proyecto.

¿Cuánto tarda la conexión al STN/STR para una granja solar?

Entre 6 y 12 meses para granjas de 1-5 MWp. Incluye los estudios de conexión, aprobación del CNO/OR, obras de refuerzo si aplica, instalación del punto de medición y la puesta en servicio. EVALGROUP acompaña todo el proceso.

¿Cuál es la diferencia entre registrarse como AGPE y como agente del mercado?

AGPE (Autogenerador a Pequeña Escala) es el registro simplificado para autogeneradores que producen para autoconsumo, con posibilidad de inyectar excedentes. Para vender energía al mercado mayorista (más allá de contratos bilaterales), se requiere estar registrado como agente comercializador o generador ante el ASIC, con todas las obligaciones regulatorias del mercado.

¿Listo para legalizar tu granja solar?

EVALGROUP se encarga de la ingeniería, RETIE, UPME, licenciamiento ambiental, conexión con el operador y registro de mercado si aplica. Tú apruebas y firmas.

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